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REDUCCION DE LA JORNADA LABORAL EN COLOMBIA PARA EL AÑO 2024

A partir del 15 de julio de 2024 aplicará la segunda reducción establecida con la Ley 2101 de 2021, y la jornada laboral pasará de 47 a 46 horas.

Esta disminución de la jornada laboral impacta principalmente la jornada laboral máxima para el 2024, así como el valor de la hora de trabajo ordinaria y los valores mínimos de las horas extras y recargos durante este año

Hagamos un breve resumen de este cambio:

  • Jornada laboral máxima: A partir del 15 de julio de este año, la jornada máxima se reducirá de 47 a 46 horas. Por lo tanto, cualquier tiempo adicional trabajado se considerará como horas extra o trabajo suplementario.
  • Valor de la hora ordinaria: Debido a que el trabajador seguirá recibiendo el mismo salario por menos horas trabajadas, la reducción de la jornada laboral implica un aumento en el valor de la hora de trabajo ordinaria
  • Valores mínimos de horas extra y recargos: Con el incremento en el valor de la hora ordinaria de trabajo, también aumentarán los valores de las horas extra y los recargos

¿Cuáles serán las consecuencias para los empleadores que no acaten la norma?

La Ley 2101 de 2021 es una normativa de orden público y de cumplimiento obligatorio, por lo que no puede ser ignorada ni modificada mediante acuerdos contractuales. Los empleadores que no acaten la reducción de la jornada laboral según los términos de esta ley enfrentarán las sanciones establecidas en el marco legal.

Los empleadores que no cumplan con las normas del Código Sustantivo del Trabajo (CST) pueden ser sancionados. Según el artículo 486 del Código Laboral, el Ministerio del Trabajo puede imponer multas de hasta 5.000 salarios mínimos a aquellos que violen las normas laborales. Por lo tanto, los empleadores que no acaten la reducción de la jornada laboral podrían enfrentar multas que van desde 1 hasta 5.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes (smmlv)

Además, la reiterada falta del empleador en reducir la jornada de trabajo podría ser considerada una causa justa para que el trabajador termine unilateralmente el contrato de trabajo y demande las indemnizaciones correspondientes ante el juez laboral, conforme a la parte «B» del numeral 6 del artículo 62 del Código Sustantivo del Trabajo (CST).

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